¿Cómo se regula la Marca?
La Marca se regula por un Reglamento General en el que se detallan los principios y valores que la impulsan para su contribución al desarrollo sostenible del territorio. El GDR es la entidad propietaria, y ha nombrado a un Comité de Gestión y Control formado por profesionales independientes de distintos ámbitos, que es el encargado de gestionar todas las tareas relacionadas con el distintivo:
• Establecimiento de requisitos para la obtención de la Marca
• Certificación de entidades
• Registro de entidades certificadas
• Promoción y difusión de la Marca
• Coordinación con otros territorios Calidad Rural
• Planificación de acciones formativas
• Y todas aquellas acciones a favor del desarrollo de la Marca y de las entidades certificadas
Asimismo, existe un Reglamento regulador del Comité de Gestión y Control , cuyas funciones son la normalización y certificación de la Marca.
En cuanto al Protocolo Común de Implantación y Evaluación de la Responsabilidad Social Empresarial Intersectorial, que ha de aplicarse a las empresas y/o entidades que desean certificarse con la Marca “La Vega de Granada”, garantiza que éstas cumplen la triple dimensión:
• Económica
• Social
• Medioambiental
El Procedimiento de Seguimiento y Evaluación de Empresas Solicitantes, se establece una herramienta de trabajo que recoge todo el proceso de tutorización y evaluación que debe seguir la empresa y/o entidad que desee poseer la certificación de la Marca.
Para cada tipo de producto o servicio existen unos criterios de aplicación que la empresa u organismo debe cumplir para poder optar al certificado. Estos requisitos se reúnen en reglamentos específicos en función del sector al que pertenezcan. Los reglamentos iniciales que se han desarrollado dentro de la I Fase de Implantación de la Marca de Calidad Territorial son los siguientes:
· LUGARES PATRIMONIALES. Entendiéndose por estos: Museos, Centros de Interpretación, yacimientos arqueológicos y/o paleontológicos, monumentos y/u otros lugares de interés cultural, histórico, paisajístico, siempre y cuando dispongan de un sistema de gestión por parte de la entidad propietaria o gestora.
· ENTIDADES Y ORGANIZACIONES DE ACTIVIDADES CULTURALES DE INTERÉS SOCIAL. Entendiéndose por éstas: aquellas Entidades que organicen actividades culturales de interés social, aquellas que tienen entre sus fines “la organización de eventos culturales”, con un mínimo de 5 ediciones realizadas.
Se seguirá trabajando en la II Fase de Implantación de la Marca de Calidad de La Vega de Granada, en los Reglamentos Específicos de los sectores más representativos del Territorio, pudiéndose proponer por la población y la empresas, aquellos que consideraran factibles para la implantación.
Ficheros Adjuntos
Reglamento General
Reglamento regulador del Comité de Gestión y Control
Protocolo Común de Implantación y Evaluación de la Responsabilidad Social Empresarial Intersectorial
Procedimiento de Seguimiento y Evaluación de Empresas Solicitantes
Reglamento Lugares Patrimoniales
Reglamento Entidades y Organizaciones de Actividades Culturales de Interés Social